Registro Civil - Libaneses

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 Información General 

- La asistencia personal a la embajada no es obligatoria. Los documentos a aportar se pueden enviar a la dirección de la embajada por correo postal/mensajero.

 

- La asistencia a la embajada solo se basa en cita previa vía correo electrónico a embalibano.consul@gmail.com de lunes a viernes de 9:00 de la mañana a la 1:30 de la tarde.

 

- La Embajada procederá a registrar el caso y enviarlo por valija diplomática al Ministerio de Asuntos Exteriores Libanés que a su vez lo derivará al Ministerio del Interior dónde debe ser ejecutado.

 

IMPORTANTE: Los documentos del registro civil español deben ser originales.

 

IMPORTANTE: A PARTIR DEL 1/9/2022: SE PAGA UNA TASA DE 9 EUROS UNICAMENTE PARA EL REGISTRO DE DEFUNCION, PERO NO HAY QUE PAGAR TASAS PARA LOS OTROS TRAMITES ABAJO MENCIONADOS.

 

 

Registro de Nacimiento – recién nacidos (solo de padre libanés)

Para poder proceder al registro del nacimiento en el registro civil libanés, lo que equivale a la obtención de la nacionalidad libanesa para cada uno, deben rellenar la solicitud de nacimiento y presentar los siguientes documentos:

- Un certificado literal de nacimiento original del registro civil español + fotocopia;

- Copia en color actualizada (validez 6 meses) de un Ijrach Caid familiar (libro de familia) a nombre del padre libanés y que demuestre el registro del matrimonio;

- Copias en colores de los pasaportes de la pareja (siempre las dos páginas de datos);

- Copia(s) en colores de la(s) tarjeta(s) de residencia (ambos lados);

- Copia en color (ambos lados) del DNI de la madre (si la madre es extranjera).

 

 

Registro de Matrimonio

Para poder proceder al registro del matrimonio en el registro civil libanés, necesitamos los siguientes documentos:

 

- Un certificado literal de matrimonio original del registro civil español + fotocopia;

- Una copia actualizada de un extracto de registro civil personal (Ijrach Caid Ifradi) a nombre del contrayente libanés que demuestre su estado civil en el Líbano (soltero, viudo, divorciado) (si ambos son libaneses entonces un registro civil personal por cada uno);

- Copia(s) de la(s) tarjeta(s) de residencia (ambos lados);

- Copias en colores de los pasaportes de la pareja (siempre las dos páginas de datos);

- Copia en color (ambos lados) del DNI de la madre (si la esposa es extranjera);

- Copia de la partida de nacimiento de la esposa (si es extranjera).

 

 

 Registro de Divorcio

Para poder proceder al registro del divorcio en el registro civil libanés, necesitamos los siguientes documentos:

- Certificado literal de matrimonio original del registro civil español donde consta en el margen el divorcio y la fecha;

- Sentencia de divorcio emitida por las autoridades judiciales competentes y legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores Español con su traducción jurada al árabe, también legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores Español (documentos que se legalizaran seguidamente por esta Embajada con las tasas correspondientes a legalizaciones);

- Copias en colores de los pasaportes de la pareja (siempre las dos páginas de datos);

- Copia en color de un Ijrach Caid familiar donde consta que el matrimonio fue registrado en el Líbano con fecha reciente;

- Copia en color del DNI del cónyugue de nacionalidad extranjera (ambos lados);

- Poder notarial a favor de un abogado en el Líbano para ejecutar el divorcio ante autoridades judiciales libanesas.

 

 

 Registro de Defunción

Para poder proceder al registro del fallecimiento del difunto en el registro civil libanés, necesitamos los siguientes documentos:

- Certificado literal de defunción original del registro civil español + fotocopia;

- Una nota de la persona que pide el registro con copia en color de su pasaporte (las dos páginas de datos);

- Copia de un extracto de registro civil personal (Ijrach Caid) o libro de familia a nombre del difunto libanés;

- El pasaporte libanés del difunto (si existe, para anularlo) y copia en color de las páginas de datos;

- Copia en color (ambos lados) de la documentación extranjera del fallecido (DNI/NIE).

- Se abona una tasa de 9 euros en la cuenta del Banco Santander IBAN: ES04 0049 5126 5323 1619 1522 precisando el nombre del poderdante en el apartado “ordenante” y la palabra poder en el apartado “concepto”.

- Se adjunta el recibo del banco a la documentación proporcionada.

 

 

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